El SAT sí puede hacer visitas a contribuyentes: así debes prepararte

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con atribuciones legales para llevar a cabo visitas y revisiones fiscales a contribuyentes, tanto personas físicas como morales, con el objetivo de confirmar que cumplen con sus obligaciones tributarias. Así lo informó la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), al recordar que estas acciones están previstas en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.

Las revisiones pueden realizarse bajo distintos formatos, dependiendo del caso. Una de las más comunes es la visita domiciliaria, en la que funcionarios del SAT acuden directamente al domicilio fiscal del contribuyente.

Otra modalidad es la revisión de gabinete, en la que se analizan documentos entregados en oficinas de la autoridad. También está la revisión electrónica, que se efectúa mediante el uso del Buzón Tributario. Asimismo, el SAT puede verificar la correcta expedición de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

 

Estos procedimientos solo pueden aplicarse a periodos fiscales determinados y deben notificarse formalmente al contribuyente antes de su inicio. La notificación puede hacerse de forma personal o a través del Buzón Tributario, y las autoridades están obligadas a concluir las revisiones dentro de los plazos establecidos por la ley.

El SAT sí puede hacer visitas a contribuyentes: así debes prepararte. | Foto: Debate
El SAT sí puede hacer visitas a contribuyentes: así debes prepararte. | Foto: Debate

Ante la posibilidad de irregularidades, PRODECON señala que cualquier persona contribuyente que detecte inconsistencias durante una revisión, que no reciba la notificación correspondiente, o que no obtenga los documentos requeridos por la autoridad fiscal, puede solicitar asesoría gratuita a través de esta institución.

 

Para ello, PRODECON pone a disposición de los ciudadanos diversos canales de atención. El servicio puede solicitarse a través de su chat en línea disponible en www.prodecon.gob.mx, por correo electrónico en la dirección atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx, o por vía telefónica, llamando al (55) 1205 9000 en la Ciudad de México, al 800 611 0190 desde cualquier parte del país sin costo, o al (+52) 55 1205 9000 si se llama desde el extranjero.

También es posible recibir atención presencial en cualquiera de las delegaciones estatales de PRODECON, cuya información puede consultarse en el portal oficial. El horario de atención para todos los canales es de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas.

PRODECON reitera que su labor es proteger los derechos de los contribuyentes y acompañarlos durante procedimientos fiscales que puedan representar afectaciones si no se desarrollan conforme a la ley.

Periodista con más de 15 años de experiencia en publicaciones impresas y digitales. Actualmente soy editor de Debate.com.mx. Soy Licenciado en Ciencias de la Comunicación. He cubierto fuentes informativas diversas, especialmente de las áreas de negocios. Habitualmente escribo de finanzas personales, retiro, pensiones, IMSS, empleo, dinero, divisas, créditos, emprendimientos, seguros, tecnología, ciencia y sobre estudios científicos en áreas como la salud. Me gustan las redes sociales, leer sobre marketing, SEO y la literatura, en especial los temas de política e historia. En 2018 me tocó iniciar con mibolsillo.com y desde entonces he incursionado en el periodismo digital.