CNDH solicita al IMSS otorgar apoyo psicológico a familiares de persona fallecida por inadecuada atención médica en Hospital de Huatabampo

Sonora

Boletín

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 184/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en la que solicita otorgar atención psicológica y tanatológica a laspersonas familiares de una persona adulta mayor, quien falleció por inadecuada atención médica en el Hospital General de Sub-Zona con Medicina Familiar número 7, ubicado en Huatabampo, Sonora, además de realizar los trámites necesarios para que puedan acceder a la reparación integral del daño a la que tienen derecho.

Las personas familiares de la víctima acudieron a esta institución para presentar una queja en la que
refirieron que su familiar, persona adulta mayor, acudió al mencionado hospital el 7 de diciembre de
2021 por sufrir dolores de abdomen, donde, tras recibir atención médica, se determinó su egreso. A
pesar de ello, su estado de salud se agravó hasta que, lamentablemente, perdió la vida varios días
después.

Dentro de las pruebas obtenidas por personal de la Comisión Nacional se encontró que el médico que atendió a la víctima el 7 de diciembre omitió identificar adecuadamente las manifestaciones patológicas del dolor que la aquejaba, pues no la interrogó sobre la manera en que iniciaba el dolor (de forma abrupta o gradual), tipo (intenso, cólico, sordo, intermitente, progresivo), irradiación de este y si tuvo algún cambio en su localización; además de que tampoco auscultó los ruidos intestinales que presentó.

Por otro lado, el personal que la trató tampoco solicitó que se le practicaran estudios de laboratorio e
imagen, considerados como auxiliares en el diagnóstico y tratamiento de padecimientos abdominales, lo cual contribuyó a que la enfermedad que ocasionaba la obstrucción intestinal avanzara, lo que, aunado al hecho de que fue dada de alta ese mismo día por la noche, constituyó una práctica médica inadecuada.

Al persistir dicha molestia, la víctima regresó al hospital el 10 de diciembre, ocasión en que se determinó que era portadora de tumoración en sigmoides, por lo que se le internó y se solicitó que se le practicaran diversos estudios y valoración en el área de Medicina Interna, pues requería tratamiento quirúrgico. Sin embargo, la CNDH determinó que, en este caso, el personal de salud diagnosticó erróneamente que cursaba un tumor en el recto, cuando en realidad presentaba una enfermedad diverticular complicada.

Dicha situación provocó el agravamiento de su estado de salud que, finalmente, condujo a la pérdida de la vida, el 13 de enero de 2022, por choque séptico, sepsis de origen abdominal y enfermedad
diverticular complicada que no fue identificada adecuada y oportunamente, vulnerando con ello sus
derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno, sobre todo porque debieron
otorgarle una atención acorde a su edad.
Por último, en este caso también se violentó el derecho humano al acceso a la información en materia de salud de sus familiares (víctimas indirectas), dado que el expediente clínico carecía de diversas notas de evolución del estado de salud, además de que el personal médico responsable utilizó abreviaturas en sus anotaciones, lo cual está prohibido, de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana que regula la elaboración de los expedientes clínicos.

Ante estos hechos, la CNDH recomendó al IMSS tramitar la inscripción de la víctima y víctimas indirectas en el Registro Nacional de Víctimas para que puedan ejercer su derecho a que se les repare integralmente el daño causado y se les otorgue la compensación correspondiente en términos de la ley.
También, deberá colaborar en la solicitud que se formule para que se abra nuevamente el expediente
administrativo de investigación y en la indagatoria que, con motivo del fallecimiento de la víctima, inició la Fiscalía General de la República; así como solicitar que se garantice la correcta integración de los expedientes clínicos y se satisfagan los tratamientos médicos en el referido nosocomio, conforme a lo establecido en la legislación nacional e internacional, entre otros puntos recomendatorios.
La Recomendación 184/2023 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede ser consultada en la página web cndh.org.mx.
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