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Este 1 de octubre entró en vigor el Monto Transaccional del Usuario (MTU), en el cual todas las personas físicas tienen la obligación de fijar un límite para las transferencias que realicen a través de las aplicaciones móviles, o banca en línea, a cuentas de terceros.
La regulación, implementada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), tiene como objetivo prevenir fraudes y robo de identidad en las transferencias electrónicas mediante esta protección adicional.
El MTU implica que si se realiza una transferencia mayor a la cantidad permitida, el banco no permitirá que se realice hasta que la persona lo autorice desde la aplicación de su banco, utilizando algunos factores de autenticación.
Los usuarios tienen hasta el 1 de enero de 2026 para establecer esta cantidad límite, puesto que después de esa fecha será el banco quien la determine.
El monto sugerido por la CNBV es de mil 500 unidades de inversión (Udis), lo que equivale a 12 mil 835 pesos. Cabe destacar que el usuario puede cambiar el monto en cualquier momento.
Estarán exentos de fijar un MTU:
- Cuentas Bancarias de Nivel 1
- Operaciones del Banco del Bienestar
- Transferencias entre cuentas propias de distintos bancos
- Personas morales