Excelsior
Nuevo giro en el caso contra Luis Rubiales por el beso a la futbolista española Jenni Hermoso y es que la Fiscalía de la Audiencia Nacional de aquel país ha presentado un recurso de apelación para solicitar la nulidad del juicio tanto al ex directivo de la Real Federación Española de Futbol (RFEF) así como para los otros tres acusados.
El argumento de las autoridades es que “pretende la declaración de nulidad de la sentencia por indefensión y arbitrariedad, con devolución de las actuaciones al momento inmediato anterior al de dictar sentencia por el tribunal de instancia, dictándose una nueva en que se aprecien los hechos sometidos a enjuiciamiento, considerando todos los medios de prueba admitidos y practicados”.
La teniente fiscal, Marta Durántez, considera que el juez José Manuel Clemente Fernández-Prieto no fue “imparcial” al momento de emitir la condena.
Luis Rubiales fue condenado a una multa de 11 mil dólares por el beso a Jenni Hermoso en la Final del Mundial Femenil de 2023. El dinero debe ser pagado en cuotas como sanción por el delito de agresión sexual. A esto se suma una orden de restricción de 200 metros de la jugadora así como pagar la mitad de los costos del proceso legal por el delito antes mencionado.
La misma fiscal ha señalado que la cantidad de dinero es “irrisoria” para las ganancias del ex federativo.
Sin embargo, el ex directivo fue absuelto del delito de coacción para presionar a la jugadora de señalar que el beso fue consensuado.
Jugadores y afición del Bayern celebran juntos el triunfo ante el Leverkusen Loading official content
Jugadores y afición del Bayern celebran juntos el triunfo ante el Leverkusen
Así celebró el Bayern de Múnich su victoria por 3-0 ante el Bayer Leverkusen en la ida de los octavos de final de la Champions League.
El ex entrenador de la selección femenil, Jorge Vilda, el exdirector de Fútbol de la sección masculina Albert Luque y el que fuera responsable de marketing de la Federación Rubén Rivera fueron absueltos de los cargos.
La base de la Fiscalía de la Audiencia Nacional es que les fueron negadas la admisión de pruebas así como preguntas que fueron “indebidamente inadmitidas”, esto por la falta de imparcialidad del magistrado, esto en referencia al delito de coacción del cual ninguno de los acusados fue sancionado.
“Entender que no se ha dado la violencia y/o intimidación que requiere el tipo de las coacciones como elemento objetivo es no entender nada del citado tipo penal”, citaba el texto de la autoridad que pide la revocación del juicio.
La fiscalía pidió originalmente una sanción de dos años y seis meses de cárcel y ahora buscan una ampliación de la sentencia original que no incluía tiempo de prisión.